Home » Despido objetivo por causas económicas: cómo hacerlo sin que sea improcedente
Despido objetivo por causas económicas: cómo hacerlo sin que sea improcedente
Un despido objetivo mal ejecutado no le ahorra dinero a la empresa. Se lo cuesta el doble: si falla la causa, la carta o el pago de la indemnización, un despido que iba a costar 20 días de salario por año se convierte en uno de 33, con salarios de tramitación de por medio si acaba en juicio.
El problema casi nunca es que la causa económica no exista —muchas empresas la tienen, real y acreditable. El problema es la ejecución: una carta genérica, una indemnización que no se pone a disposición a tiempo, o una causa que se alega pero no se prueba con cifras concretas. En este artículo explicamos qué exige la ley, cuánto cuesta acertar frente a fallar, y qué revisar antes de comunicar un despido objetivo.
¿Qué es el despido objetivo y qué causas lo justifican?
El despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción —las llamadas causas ETOP— está regulado en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores (ET), que remite al artículo 51.1 ET para definir cuándo concurre cada una:
- Económicas: los resultados de la empresa reflejan una situación negativa —pérdidas actuales o previstas, o disminución persistente del nivel de ingresos ordinarios o de ventas.
- Técnicas: cambios en los medios o instrumentos de producción.
- Organizativas: cambios en los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción.
- Productivas: cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa coloca en el mercado.
La ley concreta qué significa «disminución persistente»: se entiende que existe cuando durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior. No basta con decir que «va peor» — hay que poder mostrar esa comparativa trimestral con números.
Los tres requisitos formales que, si fallan, convierten el despido en improcedente
Aquí se juega casi todo. El artículo 53 ET exige tres cosas, y basta con fallar en una para que el despido pase a improcedente aunque la causa económica sea real:
1. Comunicación escrita expresando la causa concreta
No sirve una fórmula genérica tipo «causas económicas de la empresa». Hay que detallar qué causa concurre, con qué datos, y por qué afecta al puesto de trabajo concreto que se amortiza.
2. Poner la indemnización a disposición en el mismo momento de la carta
20 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de 12 mensualidades. Si no se entrega junto con la comunicación, el despido se declara improcedente —salvo que la empresa alegue y, después, pruebe en juicio una falta de liquidez real. Alegarlo sin poder demostrarlo no sirve.
3. Preaviso de 15 días
Desde la entrega de la comunicación hasta la fecha de efectos del despido. Si no se respeta, el trabajador tiene derecho a los salarios correspondientes al periodo incumplido.
Cuánto cuesta acertar frente a cuánto cuesta fallar
La diferencia económica entre un despido objetivo bien hecho y uno que un juzgado declara improcedente es considerable, y muchas empresas no la dimensionan hasta que ya es tarde:
- Despido objetivo procedente: 20 días de salario por año trabajado, máximo 12 mensualidades.
- Despido declarado improcedente: 33 días de salario por año trabajado, máximo 24 mensualidades (antigüedad posterior al 12 de febrero de 2012).
Con un trabajador de 8 años de antigüedad y 2.000€ de salario bruto mensual, la diferencia entre acertar y fallar puede superar los 8.000€ adicionales —y eso sin contar los costes de un procedimiento judicial ni el tiempo del equipo directivo dedicado a defenderlo. Si además la empresa opta por readmitir en vez de indemnizar, se suman los salarios de tramitación desde el despido hasta la sentencia.
Los errores más habituales que convierten un despido objetivo en improcedente
Alegar causa económica general sin conectarla con el puesto concreto
Que la empresa pierda dinero no justifica por sí solo el despido de una persona en particular. Hay que argumentar por qué ese puesto es el afectado por la causa alegada.
No aportar cifras trimestrales comparables
Decir que «las ventas han bajado» sin los tres trimestres consecutivos de comparación interanual deja la causa económica sin acreditar formalmente.
Retrasar el pago de la indemnización
Aunque sea por pocos días, si no se pone a disposición simultáneamente a la carta y no se puede probar falta de liquidez real, el despido pasa a improcedente por defecto formal, aunque la causa fuera perfectamente válida.
Usar plantillas genéricas de carta de despido
Las cartas copiadas de internet, sin adaptar a la situación real de la empresa y del puesto, son de los motivos más habituales de impugnación exitosa.
El debate pendiente sobre la indemnización, y por qué no cambia nada todavía
Desde septiembre de 2025 el Congreso ha instado al Gobierno a reformar la indemnización por despido improcedente, y desde octubre de 2025 hay negociaciones abiertas con sindicatos y patronal. Es un debate real y activo. Pero a día de hoy sigue plenamente vigente el sistema tasado del artículo 56 ET: 33 días por año con tope de 24 mensualidades.
El Tribunal Supremo, en 2025, confirmó que no cabe incrementar judicialmente esa indemnización apelando a tratados internacionales como el Convenio 158 de la OIT o la Carta Social Europea revisada: son disposiciones programáticas, no directamente aplicables por un juez. Solo el legislador puede cambiar el sistema.
Checklist antes de ejecutar un despido objetivo
- Reúne los datos económicos antes de redactar nada. Comparativa de ingresos o ventas de los últimos tres trimestres frente al mismo periodo del año anterior, o documentación de pérdidas actuales o previstas.
- Conecta la causa con el puesto concreto. No basta con la situación general de la empresa.
- Prepara la indemnización con antelación. Debe estar lista para entregarse el mismo día de la comunicación.
- Redacta la carta a medida, no de plantilla. Con causa, cifras y motivación específica del puesto.
- Respeta el plazo de preaviso de 15 días o compensa económicamente su incumplimiento.
- Revisa todo con tu asesor laboral antes de comunicar el despido, no después.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta un despido objetivo por causas económicas?
20 días de salario por año trabajado, prorrateando los periodos inferiores a un año, con un máximo de 12 mensualidades.
¿Qué pasa si no pago la indemnización el mismo día del despido?
El despido se declara improcedente por defecto formal, salvo que la empresa alegue y pruebe en juicio una falta de liquidez real.
¿Basta con que la empresa vaya mal para justificar cualquier despido económico?
No. Hay que acreditar la causa con datos concretos (pérdidas o disminución de ingresos durante tres trimestres consecutivos) y justificar por qué afecta al puesto de trabajo concreto que se extingue.
¿Cuánto cuesta un despido declarado improcedente?
33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, para la antigüedad posterior al 12 de febrero de 2012. Pueden añadirse salarios de tramitación si la empresa opta por readmitir.
¿Va a cambiar pronto la indemnización por despido improcedente?
Hay negociaciones abiertas desde octubre de 2025, pero a día de hoy el sistema del artículo 56 ET sigue plenamente vigente. El Tribunal Supremo ha confirmado en 2025 que no puede modificarse por vía judicial.
¿Tu empresa está valorando un despido objetivo?
Una revisión previa de 30 minutos puede evitar una diferencia de miles de euros. Hablamos sin compromiso sobre tu caso concreto.
Llamar · 930 107 122Andrés Roblos
Abogado laboralista en Consultor.Expert. Especializado en defensa de empresas ante la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.