Conflictos Societarios

Tu socio bloquea decisiones, no trabaja o quiere irse. Tú quieres una solución, no un litigio de tres años.

Los conflictos entre socios son la primera causa de destrucción de empresas rentables. Cuanto más tiempo pasa sin actuar, más daño se hace. Negociación primero, derecho después.

Los conflictos que resolvemos cada mes

reunion de empresa para gestionar un ere
Bloqueo societario

Dos socios al 50%, sin pacto de socios, sin mecanismo de desbloqueo. Ninguno tiene mayoría para aprobar nada. La empresa se paraliza: no se aprueban cuentas, no se toman decisiones estratégicas, los empleados lo notan. Sin intervención, la única salida legal es la disolución judicial por parálisis de órganos sociales (art. 363.1.d de la Ley de Sociedades de Capital). Nosotros buscamos la salida pactada antes de llegar ahí.

Un socio se ha desvinculado de la gestión pero mantiene sus participaciones, vota en junta, cobra dividendos y opina. El socio que trabaja siente que carga con todo. Sin un pacto de socios que regule la dedicación mínima, no hay base legal para exigirle nada. Negociamos la salida o diseñamos el marco para que no vuelva a ocurrir.

Un socio quiere vender su participación. O tú quieres comprarla. El problema: no hay acuerdo sobre el precio, no hay reglas de transmisión y no hay valoración pactada. Lo que debería ser una negociación de semanas se convierte en un litigio de años. Gestionamos la separación o exclusión de socios (art. 346-352 LSC) y coordinamos la valoración de las participaciones para que haya una base objetiva de negociación.

Un socio ha votado en contra de un acuerdo de junta y quiere impugnarlo. O tú quieres impugnar un acuerdo que consideras abusivo o contrario a la ley. La impugnación tiene plazos cortos (1 año para acuerdos anulables, sin límite para los nulos) y consecuencias graves. Te asesoramos sobre la viabilidad de la impugnación y te representamos en el procedimiento.

Si el administrador ha causado daño a la sociedad por negligencia o deslealtad, los socios pueden ejercer la acción social de responsabilidad (art. 238 LSC). También existe la acción individual si el daño es al socio directamente. Evaluamos el caso, reunimos la prueba y ejercemos la acción o te defendemos si eres tú el administrador demandado.

Un socio fallece y sus participaciones pasan a herederos que no conocen el negocio, no comparten la visión o quieren liquidar su parte inmediatamente. Sin cláusulas de transmisión mortis causa en estatutos o pacto de socios, tienen los mismos derechos que el socio fallecido. Negociamos la compra de las participaciones o la salida del heredero en condiciones razonables.

Nuestro proceso en conflictos societarios

Evaluación urgente

El conflicto societario no espera. Evaluamos tu situación en 48 horas: qué ha pasado, qué derechos tienes, qué riesgos hay y cuáles son tus opciones reales. Te lo explicamos con claridad para que decidas con información, no con emociones.

Negociación primero

El 80% de los conflictos societarios que gestionamos se resuelven sin llegar a los tribunales. Negociación directa, mediación o arbitraje. Siempre que sea posible, buscamos el acuerdo. Es más rápido, más barato y preserva lo que queda de la relación empresarial.

Litigio cuando no hay alternativa

Cuando la negociación fracasa, vamos a los tribunales preparados. Impugnación de acuerdos, acción de responsabilidad, disolución judicial, medidas cautelares. Coordinamos con nuestra asesoría fiscal para que cada movimiento tenga en cuenta las consecuencias tributarias.

Prevención para que no vuelva a pasar

Si hay acta de infracción, presentamos alegaciones. Si no se aceptan, recurrimos. Agotamos todas las vías que sean razonables.

Cómo resolvimos un bloqueo de 8 meses sin ir a los tribunales

Una SL industrial del Vallès con tres socios al 33% llevaba 8 meses sin poder aprobar cuentas anuales. Dos socios querían reinvertir beneficios; el tercero exigía dividendos. Sin pacto de socios ni mecanismo de desbloqueo, la empresa estaba a un paso de la disolución judicial. Convocamos una reunión con los tres socios y sus abogados. En dos sesiones negociamos una salida: el socio disidente vendió su 33% a los otros dos a precio de valoración independiente, con pago aplazado a 18 meses. La empresa siguió operando sin interrupción. Coste del litigio evitado: más de 40.000€ en abogados y años de parálisis.

«Estuvimos a punto de cerrar una empresa que factura dos millones al año porque no nos poníamos de acuerdo sobre los dividendos. Lo resolvieron en dos reuniones.»

— J.R. y M.S., socios, Vallès Occidental

CASO DE ÉXITO — TRES SOCIOS ENFRENTADOS — VALLÈS OCCIDENTAL

Así trabajamos en la práctica

¿Por qué resolver tu conflicto con nosotros?

Negociadores antes que litigantes

No buscamos el juicio: buscamos la solución. El litigio es la última opción, no la primera. Pero si hay que llegar, llegamos con la preparación y la experiencia necesarias para ganar.

Entendemos el negocio, no solo el derecho

Un conflicto societario no es solo un problema legal. Tiene implicaciones fiscales (valoración de participaciones, plusvalías), laborales (el socio trabajador) y estratégicas (continuidad del negocio). Coordinamos todas las áreas porque un acuerdo que ignora la fiscalidad no es un buen acuerdo.

Experiencia en empresa familiar

Los conflictos más complejos son los que mezclan familia y empresa. Hermanos que no se hablan, padres que no sueltan el control, cónyuges que interfieren. Conocemos esas dinámicas porque la empresa familiar es nuestra especialidad.

¿Tienes un conflicto con tu socio?

  • Evaluación urgente de tu situación en 48 horas.
  • Estrategia de negociación o litigio según el caso.
  • Confidencialidad absoluta.

Responsable: Brand & Law Solutions, S.L.
Finalidad: Gestionar tu solicitud y contactarte.
Legitimación: Consentimiento.
Derechos: Acceso, rectificación y supresión enviando un email a info@consultor.expert.
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¿Quién lidera esta área?

Carles Aragones

Carles Aragonés

Abogado

Antonio Valdivia

Antonio Valdivia

Consultor empresarial

Preguntas frecuentes sobre conflictos societarios

Solo en casos tasados por la ley: causas de exclusión previstas en estatutos o en la LSC (art. 350-352). Fuera de esos casos, no puedes obligarle. Pero sí puedes negociar su salida o crear las condiciones para que sea la opción más razonable para él.

Sin pacto de socios ni mecanismo de desbloqueo, la sociedad puede acabar en disolución judicial. Antes de llegar ahí hay opciones: mediación, consejero independiente, compra de la participación del otro socio o acuerdo de gestión separada. Lo importante es actuar rápido.

Una negociación pactada: entre 3.000 y 8.000€. Un litigio judicial: fácilmente más de 30.000€ y 2-3 años. Por eso siempre intentamos la vía negociada primero.

Sí, si el acuerdo es contrario a la ley, a los estatutos o lesivo para el interés social. Los acuerdos anulables deben impugnarse en 1 año; los nulos no tienen plazo. Pero la impugnación es una medida seria con consecuencias para la empresa, así que hay que evaluar bien si compensa.

Con un pacto de socios que regule dedicación, toma de decisiones, valoración de participaciones y mecanismos de desbloqueo. Y con estatutos bien redactados. El mejor momento para firmarlo es cuando la relación es buena.

Es una infracción del deber de lealtad del socio y puede constituir competencia desleal. Si hay un pacto de no competencia o una cláusula de confidencialidad, la defensa es más directa. Si no la hay, se puede actuar por vía de competencia desleal (Ley 3/1991) o por acción de responsabilidad.

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