Calculadora del Recargo de Prestaciones

Un accidente sin las medidas de seguridad debidas puede implicar un recargo del 30% al 50% de todas las prestaciones. Y lo paga la empresa.

No es asegurable. No se puede trasladar a un tercero. Y se calcula sobre toda la vida de la prestación. Usa la calculadora para estimar tu exposición real antes de que lo haga la Inspección de Trabajo.

No es una multa.
Es un recargo sobre cada
prestación derivada del accidente.

Cuando un accidente de trabajo o una enfermedad profesional se produce por falta de medidas de seguridad,
todas las prestaciones económicas reconocidas al trabajador se incrementan entre un 30% y un 50%.
Ese incremento —el recargo— corre íntegramente a cargo de la empresa responsable.

«Todas las prestaciones económicas… se aumentarán, según la gravedad de la falta, de un 30 a un 50 por ciento.» — artículo 164.1 LGSS

Cuatro razones por las
que el recargo es distinto a
cualquier otra contingencia

30–50%

del importe de todas las prestaciones, a cargo directo de la empresa.

No

del importe de todas las prestaciones, a cargo directo de la empresa.

5 años

del importe de todas las prestaciones, a cargo directo de la empresa.

Toda la vida

del importe de todas las prestaciones, a cargo directo de la empresa.

La herramienta

Calcula tu exposición

Estimación técnica del recargo por falta de medidas de seguridad. No sustituye la liquidación de la TGSS.

1

Identificación del expediente

— solo informativo, no afecta al cálculo
2

Parámetros del recargo

%
Parámetros técnicos (avanzado)
% anual. Orden TIN/2124/2010 fija el 3% como referencia vigente.
% anual. Orden TAS/4054/2005, art. 4.
3

Prestaciones de pago único

Prestación Importe percibido Recargo calculado
Subsidio total percibido durante la baja. 0,00 €
Indemnización = base reguladora mensual × 24 (art. 201 LGSS). 0,00 €
Importe del baremo. 0,00 €
Cualquier otra prestación de pago único no listada. 0,00 €
Subtotal pago único 0,00 €
4

Renta vitalicia

AT/EP = 12 · contingencia común = 14.
Se usa la parte entera de la edad (INE publica por años cumplidos).
Si lo deja vacío se usa la esperanza de vida INE 2024.
Base reguladora mensual
% BR según grado
Pensión mensual aplicada0,00 €
Recargo mensual0,00 €
Recargo anual0,00 €
Años de percepción (n)0
Factor de capitalización0,0000
CAPITAL COSTE ESTIMADO0,00 €
(Referencia) Suma nominal sin capitalizar0,00 €
5

Resumen

Recargo pago único0,00 €
Recargo renta (capital coste)0,00 €
TOTAL RECARGO ESTIMADO 0,00 €
6

Sensibilidad al interés técnico

Interés técnico (i) Capital coste Total recargo
7

Metodología y normativa

Ver fórmula de capitalización y referencias normativas

Factor de capitalización de renta prepagable creciente (si i ≠ g):

factor = (1 − ((1+g)/(1+i))^n) / (1 − (1+g)/(1+i))

Si i = g, el factor es exactamente n (capitalización sin descuento neto).

  • Art. 164 LGSS: el recargo oscila entre el 30% y el 50% de todas las prestaciones derivadas del accidente o enfermedad profesional cuando faltan medidas de seguridad; no es asegurable y es nulo cualquier pacto para trasladarlo o cubrirlo (art. 164.2 LGSS).
  • Art. 201 LGSS: la indemnización por Incapacidad Permanente Parcial equivale a 24 mensualidades de la base reguladora.
  • Orden TAS/4054/2005: bases técnicas del cálculo del capital coste de pensiones de la Seguridad Social, incluida la revalorización asumida.
  • Orden TIN/2124/2010: fija el interés técnico de referencia en el 3%.
  • Art. 22.9 Ley 23/2015: la retroacción de efectos del recargo se limita a 3 meses cuando el procedimiento lo incoa de oficio la Inspección de Trabajo.
  • INE, Tablas de mortalidad 2024: fuente de la esperanza de vida residual usada por defecto para los años de percepción (n).

Prescripción: la acción para reclamar el recargo de prestaciones prescribe a los 5 años.

8

Acciones

«Tuvimos un accidente y ahora la Inspección
habla de recargo. ¿Cuánto nos puede caer?»

La cifra no es intuitiva. Un subsidio de baja se recarga una vez; una pensión vitalicia se capitaliza y puede multiplicar la exposición por decenas.
Esta herramienta te da un orden de magnitud fundamentado antes de sentarte a decidir.

¿Quieres una valoración técnica más allá de la estimación?

  • La calculadora te da una cifra orientativa. Si tu empresa ya tiene un expediente abierto o necesita una defensa real, hablamos sin compromiso.

Responsable: Brand & Law Solutions, S.L.
Finalidad: Gestionar tu solicitud y contactarte.
Legitimación: Consentimiento.
Derechos: Acceso, rectificación y supresión enviando un email a info@consultor.expert.
Más información en la Política de Privacidad.

¿Quién lidera esta área?

Somos un equipo multidisciplinar que combina consultoría estratégica, análisis financiero y asesoramiento legal para que tomes decisiones con todas las perspectivas sobre la mesa. En esta área te acompañan:

Carles Aragones

Carles Aragonés

Abogado

Jordi Morera

Jordi Morera

Consultor empresarial

Preguntas frecuentes sobre el recargo de prestaciones

No. La multa es una sanción administrativa por incumplimiento normativo. El recargo es un incremento de las prestaciones económicas del trabajador que paga la empresa; son figuras compatibles y pueden coexistir en el mismo expediente.

No. El art. 164.2 LGSS declara nulo cualquier pacto para cubrir, compensar o trasladar el recargo, ya sea a una aseguradora o a un tercero.

Se capitaliza la renta anual recargada según la esperanza de vida del beneficiario y un tipo de interés técnico de referencia. La calculadora hace este cálculo completo, incluyendo el análisis de sensibilidad a distintos tipos de interés.

No. Es una estimación técnica orientativa. El capital coste definitivo lo fija la TGSS con sus propias tablas de mortalidad y criterios. La herramienta sirve para tener una referencia antes de actuar, no sustituye el asesoramiento profesional.

Sí. El porcentaje (entre el 30% y el 50%) depende de la gravedad de la falta. Una buena defensa técnica, con documentación de PRL bien argumentada, puede reducir el porcentaje aplicado.

Te llamamos hoy

Dinos tu teléfono y cuéntanos brevemente qué necesitas. Nos ponemos en contacto contigo hoy mismo.

Sin compromiso – Primera consulta gratuita

Diagnóstico de Pacto de Socios · Consultor.Expert