Segunda Oportunidad

Tu empresa cerró pero las deudas no. Hacienda, Seguridad Social, bancos, proveedores. Siguen ahí. La Ley de Segunda Oportunidad existe para que puedas cancelarlas y volver a empezar.

La Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) es un derecho, no un favor. Desde la reforma de la Ley Concursal en 2022 (Ley 16/2022, de 5 de septiembre), cualquier persona física — empresario, autónomo o particular — que no pueda pagar sus deudas puede solicitar su cancelación judicial. Y en febrero de 2026, el Tribunal Supremo ha ampliado significativamente su alcance, especialmente en lo relativo a las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

Qué deudas se pueden exonerar

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) puede actuar de varias formas. El tipo de actuación determina los plazos, tus obligaciones y tu estrategia de defensa.

Deudas con bancos, financieras y proveedores

Préstamos personales, líneas de crédito, tarjetas, deudas con proveedores. Se exoneran sin límite de importe. Son las más sencillas de cancelar dentro del procedimiento.

Deudas con Hacienda y Seguridad Social

El crédito público principal se exonera hasta 10.000€ por acreedor: los primeros 5.000€ al 100% y entre 5.000 y 10.000€ al 50%. Pero los recargos, intereses de demora y sanciones se exoneran íntegramente sin límite (STS 254/2026, 260/2026 y 425/2026, Sala Primera, 18 de febrero de 2026). En muchos casos, los recargos superan la deuda original.

Deudas derivadas del cierre de tu SL

Si eras administrador de una SL y Hacienda o la Seguridad Social te han derivado la responsabilidad, esas deudas también pueden exonerarse. El Tribunal Supremo ha matizado que la derivación solo bloquea la exoneración cuando se basa en conductas fraudulentas, no cuando la insolvencia fue sobrevenida y honesta.

Deudas NO exonerables

Pensiones de alimentos, responsabilidad civil por delito, hipoteca sobre vivienda habitual (salvo plan de pagos) y multas penales. Estas quedan fuera del procedimiento (art. 489 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

Requisitos para acogerte

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Ser persona física

La Segunda Oportunidad es para personas, no para sociedades. Pero si tú como administrador o avalista respondes personalmente de deudas de tu SL, sí puedes acogerte a título personal.

No poder pagar tus deudas de forma regular o prever que no podrás hacerlo en los próximos 3 meses. No tiene que ser una quiebra total: basta con la insolvencia inminente.

No haber sido condenado en los últimos 10 años por delitos contra el patrimonio, Hacienda, Seguridad Social o derechos de los trabajadores (con pena superior a 3 años). No haber obtenido otra exoneración en los últimos 2 años. Y poder documentar el origen de las deudas y la trayectoria de la insolvencia.

Si tienes una sanción firme por infracción tributaria muy grave o una derivación de responsabilidad basada en conducta fraudulenta en los últimos 10 años, puede impedir la exoneración. Por eso el análisis previo es imprescindible.

Nuestro proceso de Segunda Oportunidad

Diagnóstico de viabilidad

Analizamos tu situación antes de iniciar nada: deudas, patrimonio, ingresos, antecedentes, derivaciones de responsabilidad. Te decimos con honestidad si cumples los requisitos y cuál es la vía más favorable: exoneración con liquidación o con plan de pagos.

Preparación del concurso

Redactamos la memoria del concurso con toda la documentación que el juez va a necesitar: origen de las deudas, trayectoria, clasificación de créditos. La memoria no es un trámite: es tu principal herramienta de defensa. Coordinamos con nuestra asesoría fiscal para clasificar correctamente cada deuda (ordinaria, privilegiada, subordinada) — la diferencia puede ser de decenas de miles de euros.

Procedimiento judicial

Presentamos la solicitud en el Juzgado de lo Mercantil, gestionamos las comunicaciones con acreedores y te representamos durante todo el procedimiento hasta el auto de exoneración. Plazo habitual: 6 a 12 meses.

Post-exoneración

Una vez exonerado, te ayudamos a reconstruir: planificación fiscal de la nueva etapa, estructura societaria si quieres emprender de nuevo, y seguimiento del cumplimiento del plan de pagos si lo hay. La Segunda Oportunidad es el final de un ciclo y el inicio de otro.

Cómo un administrador canceló 87.000€ de deuda derivada tras el cierre de su empresa

El administrador de una SL de servicios en Terrassa cerró la empresa en 2021 con deudas de 42.000€ con Hacienda y 28.000€ con la Seguridad Social. Tras la derivación de responsabilidad, los recargos e intereses elevaron la deuda total a 87.000€. Su anterior asesor le dijo que no podía hacer nada. Analizamos su caso: no había condenas ni sanciones graves, la insolvencia fue sobrevenida por la pandemia, y la buena fe era acreditable. Presentamos el concurso, clasificamos los recargos como crédito subordinado y obtuvimos la exoneración de 67.000€. Los 20.000€ restantes se pactaron en un plan de pagos a 3 años.

«Me dijeron que esas deudas me perseguirían toda la vida. Ahora tengo un plan que puedo pagar y he vuelto a emprender.»

— A.L., empresario, Terrassa

CASO DE ÉXITO — SECTOR HOSTELERIA — TERRASSA

Así trabajamos en la práctica

¿Por qué hacer tu Segunda Oportunidad con nosotros?

Legal + fiscal en el mismo equipo

La clasificación de los créditos (ordinario, privilegiado, subordinado) es la clave de cuánto se exonera. Los recargos son subordinados, las deudas principales son ordinarias, las hipotecas son privilegiadas. Un error en la clasificación puede costarte decenas de miles de euros. Nosotros tenemos al abogado concursal y al asesor fiscal en la misma mesa.

Jurisprudencia actualizada

Las 8 sentencias del Tribunal Supremo de febrero de 2026 han cambiado las reglas. Los recargos ahora se exoneran íntegramente, el límite de 10.000€ se aplica por acreedor y la derivación ya no bloquea automáticamente. Si tu abogado no conoce esta jurisprudencia, pierdes dinero.

Acompañamiento completo

No solo tramitamos el concurso. Te acompañamos antes (diagnóstico), durante (procedimiento judicial) y después (reconstrucción fiscal y empresarial). Si quieres volver a emprender, te ayudamos a diseñar la nueva estructura con la consultoría empresarial.

¿Las deudas no te dejan avanzar?

  • Diagnóstico gratuito y confidencial de tu situación.
  • Análisis de viabilidad de la exoneración.
  • Presupuesto cerrado para todo el procedimiento.

Responsable: Brand & Law Solutions, S.L.
Finalidad: Gestionar tu solicitud y contactarte.
Legitimación: Consentimiento.
Derechos: Acceso, rectificación y supresión enviando un email a info@consultor.expert.
Más información en la Política de Privacidad.

¿Quién lidera esta área?

Carles Aragones

Carles Aragonés

Abogado

Pere Marcet

Pere Marcet

Abogado civil

Preguntas frecuentes sobre la Segunda Oportunidad

Sí. La exoneración es para personas físicas, y si Hacienda o la SS te han derivado la responsabilidad como administrador, esas deudas pueden exonerarse. El Tribunal Supremo ha aclarado que la derivación solo bloquea la exoneración cuando hay conducta fraudulenta, no cuando la insolvencia fue honesta.

La deuda principal se exonera hasta 10.000€ por acreedor público (5.000€ al 100%, el resto al 50%). Los recargos, intereses y sanciones se exoneran íntegramente sin límite. En muchos casos, la exoneración real supera con creces los 10.000€.

No necesariamente. Con un plan de pagos a 3-5 años puedes conservar la vivienda habitual si puedes seguir pagando la hipoteca. Si no puedes, se valora la dación en pago o la liquidación del inmueble.

Entre 6 y 12 meses desde la presentación de la solicitud hasta el auto de exoneración, dependiendo de la carga del juzgado y de si algún acreedor se opone.

Depende de la complejidad del caso. Para un administrador de SL con deudas derivadas, entre 3.000 y 6.000€ por todo el procedimiento (abogado + procurador + tasas). Es una fracción de lo que debes.

Sí. Ese es precisamente el objetivo de la ley: que un fracaso empresarial honesto no te impida volver a emprender. Una vez exonerado, puedes constituir una nueva sociedad, ser administrador y operar con normalidad. Te ayudamos a diseñar el plan de viabilidad de tu nuevo proyecto.

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