Despidos y Finiquitos

Tienes que tomar una decisión difícil con tu plantilla. Lo último que necesitas es que, además de difícil, te salga cara por hacerla mal.

Un despido mal ejecutado no es solo un problema laboral. Es una demanda, un acto de conciliación, un juicio y una indemnización más alta de la que habrías pagado si lo hubieras hecho bien desde el principio.

La mayoría de los despidos que acaban en los juzgados no llegan ahí porque el despido no estuviera justificado. Llegan porque la carta estaba mal redactada, porque no se respetó el procedimiento, porque se calculó mal la indemnización o porque se cometió un error formal que convierte un despido procedente en improcedente. Nosotros te asesoramos en todo el proceso para que el despido se ejecute correctamente desde el punto de vista legal, fiscal y humano.

¿Qué tipo de despido necesitas hacer?

Cada tipo de despido tiene un procedimiento distinto, una indemnización diferente y unos riesgos específicos. Elegir el camino correcto desde el principio es lo que marca la diferencia entre un despido limpio y un litigio.

Despido disciplinario

El trabajador ha incumplido gravemente sus obligaciones: faltas de asistencia reiteradas, desobediencia, ofensas, transgresión de la buena fe. Si está bien acreditado y documentado, la indemnización es cero. Si no lo está, el juez lo declarará improcedente y pagarás 33 días por año.

Despido objetivo

Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Requiere una carta muy precisa con causa real y suficiente. Un error formal lo convierte automáticamente en improcedente.

Despido improcedente pactado

A veces la vía más limpia y rápida es reconocer la improcedencia desde el inicio y pactar la indemnización de 33 días por año. El trabajador cobra y firma, no hay juicio. Es una decisión empresarial legítima cuando el coste del litigio supera al de la indemnización.

Extinción durante el periodo de prueba

Si el trabajador está dentro del periodo de prueba, la empresa puede extinguir la relación sin indemnización y sin necesidad de alegar causa. Pero tiene límites: no puede ser discriminatoria y el periodo de prueba tiene que estar válidamente pactado en el contrato.

¿Cómo te ayudamos con el despido?

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Evaluamos tu situación antes de actuar

Antes de enviar ninguna carta, analizamos la situación: causa real, antigüedad del trabajador, tipo de contrato, convenio aplicable, posibles contingencias. Te decimos cuál es la vía más segura y cuánto te va a costar cada escenario.

La carta de despido es el documento clave. Si está mal redactada, el despido cae. Redactamos la carta con los hechos, las causas y las consecuencias exactas que la ley exige. Sin ambigüedades, sin vaguedades, sin fórmulas genéricas.

Indemnización según tipo de despido y antigüedad. Finiquito: vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extra, salario pendiente. Un error en el cálculo es motivo de reclamación. Lo revisamos todo antes de que firme el trabajador.

La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta ciertos límites. La de despido objetivo también, con condiciones. El finiquito tributa de forma diferente según sus componentes. Coordinamos la gestión laboral con la asesoría fiscal para que la liquidación sea correcta.

Si el trabajador impugna el despido, te acompañamos en el acto de conciliación (SMAC) y, si no hay acuerdo, te representamos en el juzgado de lo social. Muchos casos se resuelven en conciliación si la posición está bien preparada.

¿Cómo gestionamos tu despido?

Consulta urgente

Nos cuentas la situación. En 24 horas te damos un diagnóstico: qué tipo de despido aplica, cuánto costará, qué riesgos hay y cuál es la estrategia recomendada.

Preparación del expediente

Redactamos la carta, calculamos la indemnización y el finiquito, preparamos la documentación y te indicamos cómo y cuándo comunicar el despido.

Ejecución

Te acompañamos en la comunicación si lo necesitas. El trabajador recibe la carta, la indemnización y el finiquito. Todo documentado.

Defensa si hay impugnación

Si el trabajador demanda, preparamos la conciliación y, si no hay acuerdo, el juicio. La mayoría de los despidos bien preparados se resuelven antes de llegar a juicio.

Cómo convertimos un despido disciplinario que habría sido improcedente en un despido firme

Un restaurante de Terrassa quería despedir a un encargado por faltas reiteradas. Iba a enviar la carta ese mismo día. Le pedimos 10 días para documentar todo: partes de ausencia firmados, testimonios y un apercibimiento formal. Con eso, el despido disciplinario fue declarado procedente en conciliación. Sin esa preparación, habría sido improcedente: 12.000€ de indemnización.

«Yo quería echarlo ese mismo día. Me dijeron que esperara 10 días y documentara todo. Esos 10 días me ahorraron 12.000 euros.»

S.G., propietario, Terrassa

CASO DE ÉXITO — SECTOR HOSTELERIA — TERRASSA

Así trabajamos en la práctica

¿Por qué gestionar tus despidos con nosotros?

No solo laboral: también fiscal

La indemnización, el finiquito, las retenciones. Cada componente tributa de forma diferente. Un despido mal liquidado fiscalmente genera problemas al trabajador en su renta y a la empresa en el modelo 190. Nosotros coordinamos ambas áreas.

Preparamos el despido para que resista en un juzgado

Cada carta, cada cálculo, cada paso del procedimiento está pensado para que, si el trabajador demanda, la empresa tenga la posición más sólida posible. No improvisamos.

Respuesta en 24 horas

Un despido no puede esperar semanas. En 24 horas tienes un diagnóstico claro y un plan de acción. Si la situación es urgente (abandono de puesto, falta grave flagrante), actuamos el mismo día.

¿Necesitas hacer un despido?

  • Diagnóstico en 24 horas.
  • Carta de despido, indemnización y finiquito preparados.
  • Presupuesto cerrado antes de actuar.

Responsable: Brand & Law Solutions, S.L.
Finalidad: Gestionar tu solicitud y contactarte.
Legitimación: Consentimiento.
Derechos: Acceso, rectificación y supresión enviando un email a info@consultor.expert.
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¿Quién lidera esta área?

Andrés Robles

Andrés Robles

Abogado laboral

Pere Marcet

Pere Marcet

Abogado

Preguntas frecuentes sobre despidos y finiquitos

Despido objetivo (causas económicas, organizativas): 20 días por año trabajado, máximo 12 mensualidades. Despido improcedente: 33 días por año trabajado, máximo 24 mensualidades. Despido disciplinario procedente: cero. El cálculo exacto depende del salario regulador y la antigüedad.

No está obligado a firmarlo. Lo importante es que la empresa pueda acreditar que lo puso a disposición del trabajador. Se puede hacer mediante transferencia bancaria y comunicación por escrito. La negativa a firmar no invalida el despido.

Sí, pero con mucha cautela. Si el despido está relacionado con la baja, puede ser declarado nulo (no solo improcedente) y la empresa tendría que readmitir al trabajador con salarios de tramitación. Si hay causa real ajena a la baja, es posible pero hay que documentarlo exhaustivamente.

Primero hay un acto de conciliación obligatorio ante el SMAC (2-4 semanas). Si no hay acuerdo, el juicio se celebra normalmente en 2-4 meses desde la demanda. La sentencia sale en 5-10 días hábiles después del juicio. En total, entre 3 y 5 meses desde el despido.

La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta el límite legal (33 días/año). Lo que exceda tributa como rendimiento del trabajo. La indemnización por despido objetivo también está exenta dentro de los límites legales (20 días/año). El finiquito (vacaciones, pagas) siempre tributa.

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