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Bizum y Hacienda en 2026: Qué controla la AEAT y cómo afecta a tu negocio
Si tienes una empresa o eres autónomo y cobras con Bizum, esto te afecta directamente: desde el 1 de enero de 2026, tu banco informa a Hacienda de todos tus cobros por Bizum. Todos. Desde el primer euro.
No es un rumor ni una exageración de redes sociales. Es el Real Decreto 253/2025, publicado en abril de 2025, que modifica el Reglamento General de Aplicación de los Tributos. Y el cambio es más grande de lo que parece.
Qué ha cambiado exactamente
Hasta diciembre de 2025, las entidades financieras solo estaban obligadas a informar a la AEAT de los cobros por Bizum y tarjeta cuando superaban los 3.000€ anuales por empresario o profesional. Por debajo de ese umbral, Hacienda no recibía información automática.
Ese umbral ha desaparecido.
Desde enero de 2026, los bancos y entidades de pago envían a la Agencia Tributaria un informe mensual (antes era anual) con todos los cobros que reciban empresas y autónomos a través de Bizum, tarjetas o cualquier sistema de pago asociado a un número de teléfono móvil. Da igual que sean 5€ o 5.000€: todo queda registrado.
La primera remesa de datos (correspondiente a enero 2026) se envió en febrero de 2026. A estas alturas, Hacienda ya tiene dos meses de datos completos.
A quién afecta y a quién no
Hay mucha confusión en redes sociales sobre esto, así que vamos a ser claros:
SÍ afecta a:
- Empresas que cobran con Bizum (comercios, servicios, hostelería).
- Autónomos que reciben pagos de clientes por Bizum.
- Cualquier profesional que utilice Bizum como sistema de cobro vinculado a su actividad.
NO afecta a:
- Particulares que se pasan dinero entre amigos (pagar una cena, compartir gastos).
- Pagos esporádicos entre familiares sin ánimo de lucro.
Zona gris: si eres particular pero recibes pagos frecuentes, de importes regulares o de personas con las que no tienes relación habitual, la AEAT puede interpretar que hay una actividad económica encubierta. Los algoritmos de Hacienda detectan patrones, no solo importes.
Qué información recibe Hacienda exactamente
El informe mensual que los bancos envían a la AEAT incluye:
- Identificación completa del empresario o profesional adherido al sistema de cobro.
- Cuentas bancarias a las que están vinculados los cobros.
- Facturación acumulada en el mes a través de Bizum, tarjeta o sistemas equivalentes.
- Número de operaciones realizadas.
Hacienda cruza esta información con tus declaraciones de IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades. Si lo que cobras por Bizum no cuadra con lo que declaras, tienes un problema.
No solo Bizum: tarjetas y cuentas también
El Real Decreto 253/2025 no se limita a Bizum. También refuerza el control sobre:
- Tarjetas bancarias: los bancos informarán anualmente de las operaciones con tarjeta de particulares que superen los 25.000€ anuales (sumando cargos y abonos).
- Cuentas bancarias: la información sobre saldos y movimientos que ya se enviaba anualmente se mantiene, pero con más detalle y con la obligación de identificar a los beneficiarios reales.
El objetivo es el mismo en todos los casos: que la AEAT tenga una foto completa y actualizada de los movimientos económicos reales, para cruzarla con lo que se declara.
Qué debería hacer tu empresa ahora mismo
Si cobras con Bizum o con tarjeta en tu negocio, estas son las acciones concretas:
1. Verifica que todos tus cobros por Bizum están facturados. Si un cliente te paga 50€ por Bizum y no hay factura, Hacienda verá el ingreso pero no la factura correspondiente. Esa discrepancia puede activar un requerimiento.
2. Separa el Bizum personal del profesional. Si usas el mismo número de teléfono para cobrar a clientes y para que tus amigos te pasen la cena, la AEAT recibirá todo mezclado. Utiliza cuentas separadas o, como mínimo, lleva un registro claro de qué cobros son profesionales y cuáles no.
3. Revisa tus declaraciones de IVA e IRPF/IS. La AEAT va a cruzar los datos de Bizum con tus declaraciones trimestrales. Si hay diferencias, te llegará un requerimiento. Mejor detectar y corregir tú antes de que lo detecte Hacienda.
4. Habla con tu asesor fiscal. Este cambio normativo tiene implicaciones prácticas que dependen de tu actividad concreta, tu volumen de cobros digitales y tu estructura de facturación. No es lo mismo un restaurante que cobra el 40% en Bizum que una consultoría que cobra por transferencia.
Lo que no te cuentan: por qué esto es una oportunidad
La mayoría de los artículos sobre Bizum y Hacienda se centran en el miedo: «Hacienda te va a controlar». Pero si tu empresa tiene la facturación en orden, este cambio te beneficia. ¿Por qué? Porque perjudica a tu competencia que cobra en negro.
El negocio que no declara los cobros por Bizum ahora tiene un problema que antes no tenía. Y eso significa que la competencia desleal por precio se reduce. Si tú facturas todo y tu competidor no, este año ese competidor va a tener que empezar a hacerlo o asumir el riesgo de una inspección fiscal.
Preguntas frecuentes sobre Bizum y Hacienda
¿Hacienda ve cada Bizum que recibo?
Si eres empresa o autónomo, sí. Tu banco envía un informe mensual con la facturación acumulada. No ve el detalle de cada operación individual, pero sí el total mensual y el número de operaciones.
¿Tengo que declarar los Bizum que me pasan mis amigos?
No, si son pagos esporádicos entre particulares sin actividad económica. Pero si recibes cobros frecuentes, regulares o de importes significativos, Hacienda puede pedir explicaciones.
¿Qué pasa si no coincide lo que cobro por Bizum con lo que declaro?
Te llegará un requerimiento de la AEAT pidiendo aclaraciones. Si no puedes justificar la diferencia, puede derivar en una liquidación complementaria con intereses y sanción.
¿Esto aplica también a PayPal o Stripe?
Sí. La normativa habla de «sistemas de gestión de cobros asociados a números de teléfono móvil» y de «entidades de pago y dinero electrónico». Bizum, PayPal, Stripe, SumUp y cualquier pasarela de pago digital están incluidas.